¿Comprar o alquilar? España

¿Comprar o alquilar vivienda en Catalunya?

Comprar en Catalunya tiene un coste de entrada concreto, y no es el mismo que en el resto de España. Aquí están los números de esta comunidad y un ejemplo completo, para que puedas compararlo con seguir de alquiler.

ITP de vivienda usada
10 %
tipo efectivo sobre 300.000 €, tarifa por tramos
Impuesto sobre 300.000 €
30.000 €
12.000 € más que en Ceuta
Necesitas el primer día
93.600 €
entrada del 20 %, impuestos y gastos

Ninguna comunidad cobra más por comprar.

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Lo que se paga al comprar en Catalunya

ConceptoVivienda usadaObra nueva
Impuesto de compra30.000 €34.500 €
Notaría, registro y gestoría3.200 €3.200 €
Tasación400 €400 €
Entrada del 20 %60.000 €60.000 €
Total el primer día93.600 €98.100 €

Sobre una vivienda de 300.000 €. En obra nueva se paga IVA del 10 % más AJD del 1,5 %.

Cómo se calcula por tramos

La tarifa es progresiva: cada tramo tributa a su tipo, como en el IRPF. No se aplica el tipo más alto a todo el importe.

Tramo de valorTipo
de 0 € a 600.000 €10 %
de 600.000 € a 900.000 €11 %
de 900.000 € a 1.500.000 €12 %
más de 1.500.000 €13 %

Tipos reducidos que existen en Catalunya

Tarifa progresiva por tramos; sustituye al tipo único del 10 % anterior. Existe además un tipo del 20 % para grandes tenedores y para la compra de edificios residenciales completos.

El simulador aplica el tipo general. Si encajas en alguno de estos supuestos pagarás menos, así que confirma tu caso antes de decidir.

Cómo queda frente al resto de España

Sobre una vivienda de 300.000 €, entre la comunidad más barata y la más cara hay 12.000 € de diferencia solo en el impuesto de compra.

#ComunidadTipo efectivoImpuesto
1Ceuta de referencia6 %18.000 €
1Madrid6 %18.000 €
1Melilla de referencia6 %18.000 €
1Navarra de referencia6 %18.000 €
5Canarias6,5 %19.500 €
6Andalucía7 %21.000 €
6La Rioja7 %21.000 €
6País Vasco de referencia7 %21.000 €
9Aragón8 %24.000 €
9Asturias8 %24.000 €
9Extremadura8 %24.000 €
9Galicia8 %24.000 €
9Illes Balears8 %24.000 €
9Murcia8 %24.000 €
15Castilla y León8,33 %25.000 €
16Cantabria9 %27.000 €
16Castilla-La Mancha9 %27.000 €
16Comunitat Valenciana9 %27.000 €
19Catalunya10 %30.000 €

Un ejemplo completo en Catalunya

Vivienda de 300.000 €, entrada del 20 %, hipoteca fija a 25 años al 2,9 %, frente a un alquiler de 1.100 € al mes. Horizonte de 30 años.

Desembolso inicial93.600 €
Cuota mensual1.126 €
Patrimonio a 30 años comprando747.201 €
Patrimonio a 30 años alquilando e invirtiendo505.665 €
Las dos opciones se igualan hacia7 años y 0 meses

Es un escenario con supuestos, no una predicción: depende de cuánto se revalorice la vivienda y de cuánto rinda tu inversión, que nadie puede saber. Cambia los supuestos por los tuyos.

Preguntas frecuentes en Catalunya

¿Cuánto hay que tener ahorrado para comprar en Catalunya?

Para una vivienda de 300.000 €: 60.000 € de entrada, 30.000 € de impuesto y unos 3.600 € de notaría, registro, gestoría y tasación. En total, 93.600 €.

Los impuestos y gastos no se financian: el banco presta como mucho el 80 % del precio, y el resto sale de tu bolsillo.

¿Qué ITP se paga en Catalunya?

El tipo general es del 10 % como tipo efectivo sobre 300.000 €, porque la tarifa escala por tramos. Lo establece Decret llei 5/2025, de 25 de març, en vigor desde 27 de junio de 2025.

Tarifa progresiva por tramos; sustituye al tipo único del 10 % anterior. Existe además un tipo del 20 % para grandes tenedores y para la compra de edificios residenciales completos.

¿Sale más a cuenta la obra nueva?

Fiscalmente, no: la obra nueva paga 34.500 € frente a 30.000 € de la usada, 4.500 € más. En obra nueva se paga IVA más AJD, y en vivienda usada, ITP.

Aun así, el impuesto es solo una parte: el precio por metro, el estado del inmueble y el gasto en reformas suelen pesar más.

De dónde salen estos datos

ITP: Decret llei 5/2025, de 25 de març · en vigor desde 27 de junio de 2025 · Agència Tributària de Catalunya

Contrastado con: Tributación Autonómica. Medidas 2026, del Ministerio de Hacienda.

Datos fiscales versión 2026.09.2, revisados el 12 de septiembre de 2026. Los tipos autonómicos cambian casi todos los años: comprueba la fuente antes de firmar nada.

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